El Reglamento de envases y residuos de envases de la UE (PPWR), Reglamento (UE) 2025/40, se aplica desde el 12 de agosto de 2026. Junto a él, la nueva ley alemana de aplicación en materia de envases (VerpackDG) introduce un cambio que afecta directamente a muchos vendedores de Asia.
Alemania: un representante autorizado para los vendedores del extranjero
Desde el 12 de agosto de 2026, las empresas establecidas fuera de Alemania y sin sucursal alemana que vendan envases vacíos o productos envasados directamente a usuarios finales en Alemania deben designar un representante autorizado e inscribirlo en el registro de envases LUCID antes de comercializar productos en el mercado alemán. El registro alemán indica que la inscripción sigue siendo responsabilidad de la propia empresa.
En toda la UE: qué se aplica ya
- Límites de PFAS en los envases en contacto con alimentos.
- Normas de responsabilidad del productor, incluidos los representantes para productores establecidos fuera de un Estado miembro.
- Fases posteriores, en su mayoría entre 2028 y 2030, para el etiquetado armonizado, las categorías de reciclabilidad, el contenido reciclado y el espacio vacío.
Francia: un aplazamiento a tener en cuenta
El 28 de julio de 2026, el Gobierno francés anunció que la puesta en marcha operativa del sistema de RAP para envases profesionales (comerciales e industriales) se aplaza al 1 de enero de 2027, porque aún no se daban las condiciones para un despliegue eficaz. Las obligaciones vigentes para los envases domésticos no cambian.
Qué hemos hecho
- Confirmamos los acuerdos de representación autorizada para Alemania y actualizamos el registro.
- Revisamos las declaraciones de PFAS de los proveedores para los productos de papel y recubiertos vendidos en la UE.
- Actualizamos nuestro mapa por países de las obligaciones sobre envases, para que los registros, representantes y plazos de cada mercado estén en un solo lugar.
